Consideraciones para la postergación o suspensión de beneficios Mineduc

Carolina Ferrer V. 3 Abr3 de Abril a las 13:13 hrs.2024-04-03 13:13:03

Estimados(as) estudiantes de Pregrado,

Informo a ustedes algunas consideraciones con respecto a la suspensión de beneficios Mineduc

  • Se pueden recibir solicitudes de postergación de primer semestre y/o anuales hasta el 30 de junio, a esa fecha ya deben estar con resolución lista. Posterior a esa fecha solo se podrán enviar postergaciones anuales y de 2do semestre.
  • Todo estudiante que postergue académicamente debe postergar su beneficio a través del proceso formal, no es automático.
  • Respecto a las causales de suspensión de estudios, Mineduc define 12 causales de suspensión de beneficios y cada una exige un respaldo específico.
  • Causales para suspensión (pedir detalle de respaldo a Asistente Social): Embarazo - Cambio en la situación socioeconómica del grupo familiar - Jornada laboral del estudiante impide continuidad de estudios - Cambio de ciudad de residencia del estudiante.- Falta de carga académica de la o el estudiante que impide continuidad de estudio - Pasantía en el extranjero - Problemas de salud de la o el estudiante Certificado médico con nombre del profesional, timbre y firma - Problema de salud de un/a integrante grupo familiar directo- Cuidado de hija(o) recién nacida(o) - Condena Judicial Documento judicial que indique la duración de la condena u otro que respalde el motivo - Otro (vocacional) - Interrupción o abandono.   
  • Los beneficios que se consideran dentro del proceso de suspensión de beneficios son la gratuidad, becas y Fondo Solidario de Crédito Universitario (FSCU).
  • La aprobación o no de la suspensión es determinada por Mineduc.

Saludos,

Wilma Muñoz Arredondo
Asistente Social - Bienestar Estudiantil
Facultad de Odontología
Universidad de Chile
Fono: 29781756
Última Modificación 3 Abr3 de Abril a las 13:13 hrs.2024-04-03 13:13:03
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