
El sueño de la razón o la jurisdicción sin proceso.
Claudio Palavecino 19 Mar 201019/03/10 a las 21:50 hrs.2010-03-19 21:50:19
Para explicárnoslo habría que partir de una constatación muy elemental: el Derecho positivo es hijo de su tiempo y fruto de la ideología imperante en el momento de su dictación. Convengamos, enseguida, en que el Derecho procesal tampoco es ajeno a esta contaminación originaria. Como ha dicho lúcidamente Montero Aroca “el proceso refleja la ideología socio-política dominante en un país determinado”.
Pero, aceptadas estas premisas, podría causar perplejidad que mientras el socialismo es, hoy por hoy, una ideología básicamente desacreditada, nuestros poderes colegisladores hayan engendrado unos procedimientos laborales con un indecente parecido al Derecho procesal soviético. En efecto, la nueva justicia laboral repone el sistema inquisitorio, trae de vuelta al juez inquisidor –al cual, ingenuamente, creíamos sepultado con la Reforma Procesal Penal- violando una regla de justicia elemental: quien instruye no puede juzgar; permite al juez sobreponer su propia voluntad a la de las partes en la determinación del objeto material del proceso (e incluso más allá del proceso, al establecer, en el procedimiento de tutela, un estricto control judicial de los acuerdos autocompositivos). De esta manera mañosa se ha extendido la irrenunciabilidad de los derechos laborales incluso después de la terminación del contrato de trabajo. Y es que, en definitiva, se impone la negación de los intereses privados a favor del interés general (¡exactamente como en la URSS!). Lo curioso es que en materia penal, donde la pretensión punitiva es del Estado, se haya optado por el sistema acusatorio. También pudiera parecer raro que esta expropiación por el Estado de la pretensión y del proceso laborales provoque, en lugar de consternación y crítica, unánimes alabanzas en la doctrina laboralista.
Se trata, sin embargo, de aparentes paradojas. No es necesario escarbar demasiado profundo en el inconsciente colectivo para desenterrar reliquias de la ideología socialista, que todavía conservan enorme, aunque injustificado, valor en nuestra cultura. Así, por ejemplo, el concepto de “justicia social”, el cual suscita, incluso entre los partidarios de la sociedad libre, una suerte de inexplicable fe religiosa; o la pertinaz pervivencia del mito de que el capitalismo decimonónico explotó a los trabajadores, rebajando sus condiciones de vida.
Por otra parte, se echa en falta una doctrina procesalista que conozca y defienda los principios garantistas también en el ámbito del proceso laboral. Si bien contamos, entre los teóricos del Derecho procesal con algunos exponentes de la corriente garantista, de nada ha servido para evitar, o cuando menos para representar a la comunidad jurídica, las aberraciones en que se ha incurrido al reformar la justicia laboral. Es notorio el desinterés de la doctrina procesal chilena por el proceso laboral. Salvo una excepción (Hugo Pereira), los procesalistas chilenos no han escrito jamás sobre el Derecho procesal del trabajo, ni tampoco lo enseñan, tarea que ha sido asumida en forma más o menos diletante, pero siempre entusiasta, por los laboralistas, los cuales ven en esta rama jurídica un mero “corolario instrumental del Derecho del Trabajo” (Novoa) y, por ende, un terreno fértil para sembrar, también aquí, la semilla envenenada de la “justicia social” o el mito histórico del “capitalismo salvaje”.
Podemos permitirnos, entonces, parafrasear, en un doble sentido, la frase que Goya escribió en aquel famoso grabado: “el sueño de la razón engendra monstruos”. De una parte, la razón dormida de los procesalistas ha permitido, negligentemente, que los órganos colegisladores olviden los principios jurídico-naturales del proceso. Por otra, el largamente acariciado sueño del laboralismo chileno, se ha cumplido finalmente, al convencer al poder político de trasvasar íntegramente el principio tutelar del derecho sustantivo al derecho instrumental, con lo cual se ha parido un monstruo, porque este novísimo Derecho procesal del trabajo, este anhelado vástago del laboralismo “progresista”, ha nacido con marcados rasgos totalitarios.
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Última Modificación | 19 Mar 201019/03/10 a las 21:55 hrs.2010-03-19 21:55:19 |
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