Bernstein k Ricardo con Albónico V Fernando - RDJ T LXXXV 1988 - 2a Parte -Sec 2a.pdf
11 Sep 200811/09/08 a las 18:19 hrs.2008-09-11 18:19:11 por
Rubén Burgos Acuña
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Descripción | Sentencia de la CS que reconoce vigencia sustantiva del Código de Etica. "...la ley se constituye como un mínimo ético capaz de hacer posible la sana convivencia de los hombres en sociedad. Pero este mínimo legal no será suficiente para justipreciar el buen desempeño profesional del abogado; y es que la ley no se conforma con la conducta de un abogado que se limite a no violentarla, porque lo requiere como un colaborador activo y confiable, comprometido con los valores que ella misma sustenta; por eso es que se le exige un modo de ser y de comportarse cuyas características se plasman en la ética profesional, en cuya leal observancia cada servidor de la justicia crece desde la insuficiencia del mínimo legal hacia la infinitud del máximo a que apunta la vocación de servicio y la perfección personal de cada profesional del derecho. Y precisamente la guía de este crecimiento es la ética profesional del abogado" (Considerando 7°) |
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Año | 2008 |
Autor | Corte Suprema |
Última Modificación | 11 Sep 200811/09/08 a las 18:19 hrs.2008-09-11 18:19:11 |
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